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A.N.C.

14 OCTUBRE 2026

A.N.C.

ODANC ICA INSPECCIONÓ DIECINUEVE ÓRGANOS JURISDICCIONALES DE CHINCHA Y PUEBLO NUEVO

• Acción de control fue para verificar el cumplimiento de los deberes funcionales y la emisión oportuna de sentencias.

El jefe de la Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control (ODANC) de Ica, Marco Antonio Mantilla Camacho, realizó visitas judiciales extraordinarias a 19 órganos jurisdiccionales de las provincias de Chincha y los distritos correspondientes, entre ellos Pueblo Nuevo, para verificar el cumplimiento de los deberes funcionales de jueces y servidores judiciales.

Durante las diligencias, constató una cantidad considerable de escritos pendientes de proveer en los juzgados de paz letrado de Chincha y Pueblo Nuevo. Ante esta situación, se otorgó un plazo a los especialistas judiciales para que atiendan los documentos pendientes, de acuerdo con sus obligaciones funcionales.

Asimismo, Mantilla Camacho verificó la emisión de sentencias dentro de los plazos establecidos por ley y exhortó a los magistrados a cumplir oportunamente con esta obligación, con el propósito de contribuir a una administración de justicia célere y eficiente, que garantice una atención oportuna a los usuarios.

En el desarrollo de las visitas, los magistrados expusieron necesidades de recursos humanos y logísticos para optimizar la gestión de sus despachos. En atención a estos requerimientos, el jefe de la ODANC Ica se reunió con el presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica, Eulogio Cáceres Monzón; la coordinadora del Área de Personal, Verónica Trinidad Huamán Flores; y el jefe de la Unidad de Servicios Judiciales, Andy Carrasco Huamán, a quienes comunicó las necesidades identificadas.

Las visitas comprendieron juzgados de paz letrado, familia, laborales, civiles y penales, así como la Sala Penal de Apelaciones de Chincha y Pisco y la Sala Civil de Chincha.

Cabe resaltar que, las visitas judiciales se realizan en el marco de las acciones de control preventivo y concurrente de la ANC-PJ. En ese contexto, las observaciones identificadas deben ser subsanadas para evitar la eventual apertura de procedimientos administrativos disciplinarios.

Ica, 14 de octubre de 2026.